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Seguro a valor parcial |
Cuando la naturaleza de un riesgo hace que las posibilidades de
ocurrencia de un siniestro total o muy importante sean mínimas, se admite el
aseguramiento parcial, hasta una determinada cantidad expresada como
porcentaje del total de bienes existentes, que deberá venir declarado en la
póliza.
En caso de siniestro, las pérdidas se indemnizarán por su valor, y como
máximo, hasta la cantidad asegurada, a condición de que el valor del
Contenido en el momento del siniestro no exceda del valor total declarado:
Si excediera, el asegurado participará en los daños en la cuantía que le
corresponda por la aplicación de la
regla
proporcional
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